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06/23/07

 

 

Familia y cambio social
JOSEP M. PUIG SALELLAS  - La Vanguardia 17/01/2000
 
 

 
Cuando en 1970 llegué a Barcelona de notario, me integré con diligencia en la cátedra Duran i Bas, de la Universitat de Barcelona. Era el núcleo selecto de los estudiosos del derecho civil de este país. Una disciplina entonces en plena efervescencia, al cabo de sólo diez años de la promulgación de la Compilación, que -es natural- constituía el tema central de sus sesiones.
Fue una elección acertada. Allí confluía la sabiduría de los profesores, que aportaban la última hora de los planteamientos teóricos, y el punto de vista de los que nos movíamos en el ejercicio práctico del derecho. Entre éstos, por ejemplo, mis colegas Lluís Roca-Sastre y Robert Follia, después decanos del Colegio de Notarios, o José J. Pintó, que lo fue del de Abogados. Pasando por gente que acabó cruzando a la senda del derecho público, como Josep E. Rebés, presidente hoy de la Comissió Jurídica Assessora.
Y, además, el contacto estimulante con los estudiantes de los últimos cursos. Gente que iba a llegar lejos, como Pablo Salvador, después catedrático de Derecho Civil, o Juan J. Folchi, que, naturalmente, aún no había iniciado su trepidante carrera jurídico (abogado del Estado)-político (conseller de Economía y Finanzas con el president Tarradellas)-financiera (KIO).
Pero el alma de aquel mundo -que dirigía, en la distancia, Francisco F. de Villavi-cencio- eran Encarna Roca y Lluís Puig Ferriol. Iban a ser también catedráticos y, por su obra escrita, tienen hoy el respeto general. Puig es además magistrado del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya; pero es Roca, en su actividad como publicista, la que me da pie para escribir este papel.
Me refiero al libro que lleva el título de la cabecera, "Familia y cambio social", de reciente aparición. La profesora Roca se ha sentido siempre atraída por el estudio de la necesaria adecuación del derecho vigente a los cambios profundos que experimenta el marco de las relaciones de índole familiar. Desde las técnicas de reproducción a las situaciones de crisis matrimonial, pasando por las uniones extraconyugales, hetero y homosexuales. Aspecto este último que es, sin duda, una de las grandes cuestiones que tiene planteado hoy el derecho civil, aquí y fuera de aquí. Y es estimulante comprobar entonces cómo, más allá de los países nórdicos, Cataluña es el primero de los del continente en legislar de manera directa sobre la materia.
Me refiero a la ley que regula las uniones estables de pareja, de distinto o de igual sexo, pero de manera específica, fuera, por tanto, del Código de Familia, promulgado, y no por casualidad, el mismo día. ¿Es una buena decisión? Entiendo que el concepto de familia gira en torno al de procreación y, por ende, donde existe posibilidad de que nazca un hijo hay una familia en potencia, con o sin matrimonio. Y es evidente que este es el caso de la pareja de hombre y mujer que no lo han contraído.
Lo que ocurre es que este marco es hoy objeto de ensanchamiento, porque el legislador -así resulta del mismo código- tiende a asimilar la filiación biológica y la adoptiva. Con lo que la razón de ser de la familia ya no puede ser monopolio de la procreación; puede basarse en la adopción. Por tanto, podría incluso extenderse a la pareja homosexual el día en que ésta le fuese permitida, lo que, como observa Encarna Roca, hoy por hoy y con limitaciones sólo es posible en Holanda.
La cuestión, sin embargo, no es pacífica y, de hecho, se complica por la obsesión de elevar al máximo nivel la cobertura jurídica de las situaciones de pareja que no son el matrimonio. La única pareja a la que se refiere la Constitución -artículo 32- es la matrimonial, entendida, como es natural, como unión de hombre y mujer, con lo que el único recurso a mano para amparar constitucionalmente las uniones distintas, hetero y homosexuales, es su artículo 39, que compromete a los poderes públicos a la protección de la familia. Con lo que, al final -¡quién lo iba a decir!- todo el mundo quiere ser familia.
No hay para tanto. Es posible que en este país, quizás por falta de tradición democrática, exista una cierta tendencia a sacralizar la Constitución, de forma que lo que no está en ella es cosa de menor dignidad. Y, en cambio, yo no veo por qué tenga que ser depresivo que el tratamiento de las nuevas situaciones de pareja, en especial las homosexuales, no se ancle en aquellos preceptos de la Constitución, sino solamente en la actividad del legislador ordinario, a partir del derecho -más genérico, es cierto- al libre desarrollo de la personalidad del artículo 10.
Un legislador que ha de legislar. El hecho de que ambas situaciones queden fuera del artículo 39 no es excusa; no justifica que aquél, amparándose en escrúpulos pasados de rosca, pretenda ignorar unas realidades sociales que están ahí, enmarcando a un sector cada vez más importante de nuestra sociedad. Que, por tanto, han de ser reguladas adecuadamente por la ley, de manera directa, desde el mayor respeto.
Pero siempre sin confundir los conceptos. Situando el tratamiento de la familia donde le corresponde, sin extenderlo a ámbitos distintos, aunque no distantes, y partiendo de la base de que, por el mero hecho de que ya no pueda volver a ser lo que fue, no hay que certificar la defunción del matrimonio. Aquí el problema es otro: el encauzamiento, con el menor trauma posible, de las situaciones de crisis, que es lo que ha explicado, también estos días -quiero decir a finales de 1999- el notario López Burniol en su muy notable discurso de ingreso en la Academia de Jurisprudencia y Legislación de Cataluña.
Es decir, nuevamente los profesores y los juristas prácticos. Que forman la combinación adecuada, especialmente cuando, como es el caso, cuestiones tan vivas se tratan por los intervinientes desde una perspectiva netamente social, "tocant de peus a terra", no como un mero ejercicio de teoría jurídica.
Porque éste, no la construcción de grandes principios que no tienen otra razón de ser que su autocontemplación narcisista, es el derecho que interesa al ciudadano.
Que, en definitiva, es el que paga.
 

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